
Por: Francisco Casado
En el ámbito del derecho civil y de los derechos del consumidor, pagar una alta suma de dinero utilizando exclusivamente monedas de baja denominación puede ser considerado un acto de mala fe o un abuso del derecho, dependiendo de la legislación de cada país y del contexto.
Aunque las monedas son dinero de curso legal, su uso masivo para realizar un pago importante suele tener límites legales y éticos.
El límite legal (El poder liberatorio)
En la gran mayoría de las legislaciones, las monedas tienen lo que se conoce como un poder liberatorio limitado. Esto significa que nadie está obligado a aceptar un número infinito de monedas para cancelar una deuda.
- En la Unión Europea: El Reglamento (CE) nº 974/98 establece claramente que, salvo el banco emisor, ninguna entidad o persona está obligada a aceptar más de 50 monedas en un solo pago.
- En otros países: Aunque las leyes varían, muchos bancos centrales ponen topes similares para garantizar la fluidez del comercio y evitar el colapso de las cajas o ventanillas de atención.
- En la República Dominicana pagar altas sumas de dinero con monedas, obliga a un conteo físico exhaustivo ante las autoridades o representantes legales, y si el monto total no cubre la totalidad de la deuda, el pago se considera incompleto y exigible por la ley.
El «Abuso del Derecho» y la Mala Fe
Si una persona acude a pagar una multa, una deuda o un servicio con miles de monedas sueltas (por ejemplo, para «vengarse» o incomodar al cobrador), se puede argumentar que existe abuso del derecho o mala fe.
El principio de buena fe exige que los contratos y las obligaciones se cumplan de manera razonable. Utilizar un método de pago extremadamente engorroso que busca retrasar, colapsar el servicio o humillar a la otra parte desnaturaliza el propósito del dinero de curso legal. Por lo tanto, el establecimiento o la autoridad tiene todo el derecho de rechazar el pago y exigir otra vía (billetes, tarjeta o transferencia).

