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Tribunal Superior Electoral rechaza impugnación a elecciones de la diputada Josefa Mejía.

29 junio 2024

Santo Domingo.| El Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana (TSE) rechazó la demanda interpuesta por la diputada de la Fuerza del Pueblo , Josefa Mejía, ante esa entidad basada en la aplicación de la proporcionalidad de asignación de escaños en la cámara baja acorde a la ley 157-13 y la revisión de boletas en la provincia de Ocoa.

Decisión íntegra del TSE:

PRIMERO: ACOGE la solicitud de recalificación del caso, y, en consecuencia, RECALIFICA la instancia a una impugnación contra actos de la Junta Central Electoral (JCE), en específico, una impugnación en contra de la resolución núm. 043-2024 emitida por la Junta Central Electoral (JCE) que declara los ganadores a las diputaciones por provincias y circunscripciones territoriales, correspondiente a las elecciones ordinarias generales del diecinueve (19) de mayo del dos mil veinticuatro (2024).

SEGUNDO: DECLARA irrecibibles las conclusiones presentadas por la parte impugnada, Junta
Central Electoral (JCE), en cuanto a la excepción de inconstitucionalidad del artículo 4 de la ley
157-13, en virtud, de que la impugnante, señora Josefa Altagracia Mejía Macea, no presentó conclusiones formales sobre un control difuso de constitucionalidad ni en su instancia introductiva, ni en sus conclusiones in voce en la audiencia pública celebrada el veintiocho (28)
de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).

TERCERO: RECHAZA, en cuanto al fondo dicha impugnación y, en consecuencia, CONFIRMA la Resolución núm. 43-2024, emitida por la Junta Central Electoral (JCE), pues esta fue emitida con apego a las reglas del sistema electoral que se encuentran vigente en nuestro ordenamiento jurídico y que regulan el modo de la asignación de los escaños y declaratoria de ganadores en el nivel de diputados.

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