La Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM), informó a todos los precandidatos inscritos y habilitados para a los cargos de senadores, diputados y directores municipales que serían elegidos por el método de las encuestas, que los trabajos de campo en todo el territorio nacional iniciaron desde mediados del mes de agosto y concluyeron el pasado 12 de septiembre.
La CNEI señaló que con esto se pone fin a la fase de levantamiento de campo, por lo cual las actividades políticas realizadas posterior a esta fecha por los precandidatos no surtirán efectos para los fines correspondientes.
La CNEI estará recibiendo los resultados sellados por parte de las firmas encuestadoras en la primera semana del del mes de octubre. El organismo precisó que luego del 3 de octubre, estará convocando a los precandidatos que terciaron en el presente proceso interno para informar los resultados de las encuestas en cada una de las demarcaciones territoriales.
Aclararon que ningún precandidato tiene acceso a los resultados de las encuestas y en consecuencia no puede declararse ganador del proceso, ya que desde el 12 de septiembre las firmas encuestadoras iniciaron su labor de tabulación de las informaciones, organización de las entrevistas, análisis, cruces y ponderación de los resultados para poder hacer entrega a la CNEI de los informes correspondientes.
La CNEI indicó que fueron seleccionadas tres firmas encuestadoras de las de mayor prestigio a nivel nacional para realizar los levantamientos de campo en todo el territorio nacional.
Además, que se procedió a distribuir de manera aleatoria el país entre estas firmas para poder cumplir con los plazos electorales y legales previstos por la ley de partidos políticos y de régimen electoral.
«Hacemos de conocimiento público a toda nuestra militancia de estas informaciones para que los precandidatos a ser seleccionados por el método de encuestas conozcan el estatus y el cronograma de trabajo para fines de un mejor uso de los tiempos y recursos, en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo II del artículo 46, de la Ley núm. 33-18, de partidos, agrupaciones y movimientos políticos», concluyeron.