Por: Francisco Casado
Desde que en el año 1942 la mujer dominicana ejerció por primera vez el sufragio, su participación política ha sido constante y creciente. Las dominicanas han jugado un rol fundamental en la construcción de nuestra democracia, no solo ejerciendo el derecho de sufragio activo, sino también siendo electas para ocupar diferentes posiciones electivas en el nivel municipal y congresual, así como en el Poder Ejecutivo en la posición de vicepresidenta.
Aunque todavía no llegamos a tener la primera mujer presidenta, los índices de representación de la mujer han mejorado sustancialmente en los últimos 20 años. Uno de los factores que han incidido más favorablemente en que esta participación política femenina aumente han sido las cuotas de candidaturas que, como medida de acción afirmativa, se implementan en el país desde la década de 1990.
Primero fueron los partidos políticos los que implementaron la cuota femenina de un 25%, y más tarde, en la reforma electoral de 1997, se consagraría legalmente este porcentaje en la Ley Electoral 275-97, que sería aumentado a un 33 por ciento, mediante la Ley 12-2000 del 2 de marzo del 2000.
Haciendo un viaje al pasado, en las elecciones de 1994 se eligieron 93 regidoras en todo el país, equivalentes a un 14.4% del total de ediles, para las elecciones del 1998, con la aplicación de la cuota femenina, fueron electas un total de 185 mujeres, es decir, un 24.4%. Esta representación alcanzaría su más alto porcentaje en las elecciones municipales del 2010, cuando se eligieron 383 regidoras, para un porcentaje de un 33.3%.
En muchas provincias dominicanas todavía estamos lejos de alcanzar una representación en posiciones electivas que sea equivalente a la cantidad de mujeres votantes, si tomamos en cuenta que, desde hace ya muchos años, las mujeres son más del 50% del padrón electoral. El impacto de la cuota se ve limitado, conforme los estudios especializados del tema, por los elementos del sistema electoral y la naturaleza de la campaña electoral. En el caso de la República Dominicana, el tamaño de la circunscripción electoral que es regularmente pequeña (menos de 5 escaños), opera como un factor contrario a un mejor resultado de la cuota femenina. También se alega que la existencia de voto preferencial (lista cerrada y desbloqueada), anula el efecto de la cuota, aunque esta hipótesis parece ser valedera solamente en presencia de circunscripciones electorales medianas o grandes.
En nuestro caso, para citar un ejemplo, el municipio de Sabana Larga, luego de concluidas las pasadas elecciones del 18 de Febrero pasado, ninguna mujer pudo alcanzar un escaño en la Sala Capitular de allí.
La figura principal femenina en esta alcaldía, sin dudas, fue, desde el año 2006, Altagracia Griselda Sánchez, Julianita, quien representando su zona, La Horma, ocupó esta posición durante 18 años.
Llegado el 24 de Abril, fecha de juramentación de las nuevas autoridades electas, y de paso día de los ayuntamientos, la sala capitular estará conformada por el Alcalde Pedro Alberto Castillo Casado, y los regidores Tomás Antonio Lluberes (Tony), Neno Tejeda, Dhan Jhon Mejía, Joselín Ortíz y Catalina Sánchez (Marlon). Solo lo salva la figura de Vice alcaldesa, aunque muchos la señalan como «figura decorativa».
En la República Dominicana, la Constitución del 2010 creó las condiciones iniciales para establecer la paridad al señalar en el artículo 39, numeral 5 que “el Estado debe promover y garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de elección popular para las instancias de dirección y decisión en el ámbito público, en la administración de la justicia y en los organismos de control del Estado”. Conforme este principio, la Junta Central Electoral propuso en el proyecto de Ley de Régimen Electoral, que el 50% de las propuestas a cargos electivos fueran ocupadas por mujeres. Este proyecto de ley perimió en el Congreso Nacional, quedando vigente la actual cuota femenina de un 33 por ciento.
La Junta Central Electoral ha sido enfática en afirmar que las propuestas de candidaturas que no cumplan con la cuota femenina no serán aceptadas, pero no puede impedirle a los votantes que elijan como sea su deseo; como lo hicieron en Sabana Larga: «Cero mujeres a la Sala de la Alcaldía».